Pues la cosa es que estoy en un lío… yo, que voy de progre por la vida y llega un hijo de
De manera que, en el orden legal, como en el orden moral o incluso en lo relativo a la salud mental, algunos pensamos que los límites son los que impone el propio criterio y evidentemente el de nuestro/s partenaire/s, con la excepción (de nuevo evidente) de los casos en el que el pretendido compañero es un niño (en la medida en que a estos tendrán un criterio menos formado y una posición de inferioridad). Es decir, que mientras usted no moleste a nadie, se puede hacer sus cositas como mejor le parezca; ¿que le gusta andar por casa con las pinzas de tender la ropa enganchadas en los pezones? Pues por mi parte, nada que objetar, lo más que podemos pedir es que elija unos colores que le combinen con los ojos.
El asunto es que yo estaba convencido de todo esto cuando me encuentro con una noticia en el Gazzete Live que me hizo replantearme algunas cosas y me sitúa en el limbo de la indecisión. A un tal Robul Hoque, lo cazaron en Reino Unido con el disco duro de su PC cargadito de imágenes de pornografía infantil, la peculiaridad del caso en tales imágenes no aparece ningún niño, al menos ningún niño real, todas las imágenes eran generadas por ordenador. El caso es que el Sr. Hoque no ha contactado con ningún niño, no ha realizado ninguna foto, ni siquiera ha generado las imágenes y tampoco las ha distribuido. Vamos, que la única razón para condenarlo sería su propia degeneración moral (y aquí es donde ando yo peleándome conmigo mismo… que alguien me ayude). ¿Debe ser este hombre condenado? Mi primera respuesta es que sin duda (luego comienzo a dudar). Un argumento aplicable es el que planteó el jurado, es que semejante individuo tarde o temprano pasará del dibujo a la carne ¿debería condenarse a alguien por un delito que podría cometer en un futuro? El caso es que la respuesta del jurado a estas preguntas es algo así como “Sí, pero poco” de manera que el Mister fue condenado a 18 meses de trabajo comunitario, a supervisión y a iniciar un programa terapéutico para agresores sexuales a través de Internet, además será incluido durante 5 años en el registro de agresores sexuales.
Otro planteamiento es que quizá este hombre sea un pobre enfermo mental (es una cualidad de los diagnósticos en psicología…que pueden redimir la culpa) ¿existe entonces, una enfermedad mental de carácter moral? En ese caso ¿Cuál es el criterio moral? ¿Quién lo propone?. Si la respuesta fuera afirmativa atenderíamos a los floridos argumentos de los Polainos y Rojas, sanadores de desviados e invertidos. Por otra parte el manual yanki de ponerle nombres chulos a las cosas, el DSM IV, establece como criterio para un diagnóstico de pedofilia, que las fantasías, impulsos sexuales o los comportamientos deben provocar malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo. Entendemos que los remordimientos, la lucha contra el impulso puede provocar un malestar “clínicamente” significativo (nos encontraríamos ante una persona que percibe estos impulsos como un problema, por lo tanto, susceptible de ser ayudado), pero también entendemos que una condena en prisión, provoca habitualmente deterioro social, laboral y en otras áreas de actividad. Es decir, según los criterios del DSM-IV solamente sería un solemne capullo aquel que tiene fantasías, impulsos sexuales y comportamientos hacia/con niños, no se arrepiente y no lo cazan, en el momento en el que el capullo en cuestión es arrestado y condenado se convierte automáticamente en un pobre enfermo mental. ¿Alguien lo entiende?
Sabemos que hay personas que intentan controlar pensamientos o impulsos de este tipo y esto les provoca un tremendo sufrimiento (esto sí es un problema). Pero en medio del fuego cruzado entre los determinismos (social o genético), tendemos a responsabilizar a la sociedad o a la herencia de la conducta de las personas, restándole poder al libre albedrío y quitando a la gente la inestimable oportunidad de ser buenas o malas personas. En definitiva; que hay personas “enfermas”, sin duda… pero también hay algún que otro cabrón.
La noticia aparece en Gazzette Live
1 comentario:
Interesante cuestión la que planteas. Creo que puedo proponer una solución:
los sentimientos tienen consecuencias? NO.
los pensamientos tienen consecuencias? NO.
los actos tienen consecuencias? EVIDENTEMENTE SI.
Bajo mi punto de vista el regular la intimidad está fuera de toda justificación. No se debe entrar en la privacidad de nadie, salvo que en esa privacidad existan hechos que tengan consecuencias sobre los otros. Quiero decir, por ejemplo, personas que compran, que son clientes del pornógrafo infantil, a mi modo de ver si cometen un delito, puesto que la demanda estimula el abuso de menores. El individuo este que lo que hace es fantasear con niños virtuales, a mi mode de ver, absolutamente libre de delito. Lo siguiente que sería, ¿prohibirle dibujar?. Y si seguimos por ese camino, ¿por que no prohibir determinadas manifestaciones artísticas?¿y libros? (interesante el caso de "Memoria de mis putas tristes" que fué prohibido por algunos ayuntamientos de esta España nuestra por apología de la pederastia. Evidentemente el tipo que decidió esto no pasó de la tercera página del libro, un mentecato.).
Lo único que se debe y se puede regular son los actos de las personas en tanto en cuanto afectan a la libertad de terceros (no es que molesten, es que no dejan ser libres a los otros....).
El prevenir los actos por determinados indicios también me parece, mínimo un ejercicio Rappeliano (de Rappel).....
En cualquier caso, complejo asunto.
Del DSM IV, ni hablar. Después de su aparición, ya uno no puede, aunque quiera ser un cabrón, solo puede ser un trastornado (de trastorno).
Un saludo.
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